Es la fuente estable de recursos que el Estado establece, con el cual se subsidian programas de Viviendas Sociales, para grupos organizados o en forma individual a través de los programas de Lote propio y Compra de Vivienda Nueva o Usada, por medio de subsidios directos del estado, preferentemente hacia los sectores de pobreza y extrema pobreza, el mismo está orientado a disminuir el déficit habitacional en todo el territorio nacional e impulsar la economía nacional
Total en ejecución
Total culminadas
A) Constituye una ayuda estatal, sin cargo de restitución;
B) Otorgada por una sola vez a los beneficiarios de los programas del MUVH;
C) Para la adquisición, construcción, ampliación o mejora de la vivienda, con el fin de posibilitar el acceso a una vivienda digna al beneficiario y su grupo familiar;
D) Los subsidios serán otorgados individualmente, como así también, a nivel de grupos organizados (Organizaciones sociales, Cooperativas, Asociaciones y otros). En caso de grupos organizados, estos deberán presentar la documentación requerida según sea el caso a cada uno de los beneficiarios.
Tienen derecho a postular al SVS quienes cumplen las siguientes condiciones:
NIVEL DE SUBSIDIO | INGRESO FAMILIAR | PORCENTAJE DE SUBSIDIO OTORGADO |
---|---|---|
1 | ENTRE 3,5 Y 5,0 SM | 15% |
2 | ENTRE 2,0 Y 3,4 SM | 40% |
3 | ENTRE 1,1 Y 1,9 SM | 70% |
4 | ENTRE 0 Y 1,0 SM | 95% |
Dirigido a familias en situación de vulnerabilidad, de pobreza y extrema pobreza que se encuentren organizadas en grupos, los cuales deben contactar con un SAT (Servicio de Asistencia Técnica) que se encuentre habilitado por el MUVH.
Dirigido a familias en situación de vulnerabilidad, personas o componentes de su nucleo familiar con discapacidad y/o personas con enfermedades crónicas